Entran en vigor las nuevas restricciones en hostelería y el cierre del ocio nocturno

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También se prohíbe fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros

La Junta de Extremadura ha publicado en la mañana de este martes en el Diario Oficial de Extremadura la resolución mediante la cual se decretan las nuevas medidas restrictivas para tratar de frenar la expansión de la COVID-19 y que afectan principalmente al cierre de locales de ocio nocturno.

La nueva normativa establece como principal medida el cierre de discotecas, salas de baile y locales de copas, con o sin actuaciones musicales en directo, en todo el territorio extremeño. A esta se une la prohibición a bares y restaurantes de permanecer abiertos más allá de la una de la madrugada y sin posibilidad de admitir clientes a partir de las 12 de la noche.

Por último la hostelería tendrá que garantizar la separación mínima de un metro y medio tanto en el servicio en barra como entre mesas o agrupaciones de mesas. Asimismo se establece un máximo de 10 personas por cada una de ellas.

Prohibición de fumar en la vía pública y de botellones

Junto a este paquete de indicaciones, se prohíbe fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros, incluyendo en la prohibición a cualquier dispositivo de inhalación de tabaco, como pipas de agua o cachimbas.

Por su parte, el botellón en la vía pública estará prohibido en Extremadura y se refuerzan los controles para impedir el consumo. Sobre los eventos multitudinarios, la resolución establece que serán las autoridades sanitarias quienes deban hacer una evaluación del riesgo para ser autorizados.

Otras medidas y recomendaciones

En relación a los centros sociosanitarios se decreta realizar pruebas PCR a todos los nuevos ingresos en residencias de mayores y de personas con discapacidad con 72 horas de antelación como máximo, así como a los empleados que regresen de permisos y vacaciones, y a los nuevos trabajadores que se incorporen.

Además se limitan las visitas a una persona por residente, y con una duración máxima de una hora al día; y se acotará al máximo las salidas de los residentes.

En el nuevo decreto, se dicta que se realizarán cribados con pruebas PCR en aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas, en caso de brote epidémico.

Por último se restablecen recomendaciones para la ciudadanía: limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y con un máximo de 10 personas. Además se exhorta a las centros sociosanitario a que realicen periódicamente pruebas PCR a los trabajadores que estén en contacto directo con residentes.

CONSULTA LA PUBLICACIÓN DE LAS MEDIDAS EN EL DOE

 

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